Cuestionada norma vinculada a procesados por crímenes de lesa humanidad fue derogada con 90 votos a favor, cero abstenciones y el voto en contra del primer vicepresidente de la República, Luis Giampietri. Hay otros decretos lesivos.
En medio de un encendido e intenso debate de tres horas (donde no faltaron insultos, acusaciones y
denuncias), el pleno del
Congreso aprobó ayer el proyecto de ley para la derogatoria del Decreto Legislativo 1097, el mismo que en la víspera fuera enviado por el Ejecutivo, ante presiones de diversos sectores, de manera especial la del escritor Mario Vargas Llosa.
A pesar que apristas y
Fujimoristas pretendieron justificar la norma que favorecería a integrantes de las
Fuerzas Armadas procesados por crímenes de lesa humanidad (algunos incluso la defendieron con ardor), la derogatoria se logró casi de manera unánime, pues obtuvo 90 votos a favor, cero abstenciones y uno en contra, el del primer vicepresidente de la República.
Como se recuerda, ante la andanada de críticas provenientes de diferentes sectores, el Ejecutivo se vio obligado el pasado lunes a de enviar un proyecto de ley al Parlamento para derogar el DL 1097, solicitando tramitarlo con carácter de urgencia, por lo que se convocó a un pleno extraordinario.
Dimes y diretes Al inicio del debate, congresistas de la oposición criticaron de arranque la norma, a la que calificaron como un “intento fallido de impunidad”. También culparon al saliente ministro de Defensa, Rafael Rey, de ser el autor del “legicidio” para favorecer a violadores de
derechos humanos. “Rey usó el fajín para actuar como
abogado de oficio de la corrupción”, dijo Fredy Otárola, de la Bancada Nacionalista.
Desde el oficialismo defendieron la norma. El debate se acaloró más, luego de que Víctor Andrés
García Belaunde, de Alianza Parlamentaria, denunció que el Poder Ejecutivo remitió al
Congreso la derogatoria del 1097 sin el visto bueno del Consejo de Ministros.
La acusación fue refutada por el congresista del
APRA,
Mauricio Mulder, quien dijo que el jefe de Estado puede convocar a sus ministros sin acuerdo previo. Por la noche, a través de la agencia Andina, la Secretaría del Consejo de Ministros informó que dejaba constancia de que el lunes 13 de setiembre, se reunió el Consejo de Ministros en sesión extraordinaria bajo la presidencia del jefe del Estado, la participación del ex premier, Javier Velásquez.
Según información de la Secretaría de Prensa, la sesión contó con la presencia de varios ministros, entre ellos los de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas, del Interior, Justicia,
Educación, Agricultura, Trabajo, Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Construcción y de la Mujer. Todos ellos aprobaron el proyecto de ley enviado al
Congreso.
Al respeto, Rey dijo que no fue convocado a ningún Consejo de Ministros, incluso deslizó la invalidez de la norma que el Ejecutivo envió al Parlamento con el fin de derogar el 1097, de la que dijo, nunca se le consultó.
También la 1095Solucionado el tema de la 1097, ayer se llamó la atención que junto a esta norma que beneficiaba de manera indebida a
militares y policías, se emitieron otros decretos que han aprovechado para “blindar” legalmente a los
militares que a futuro cometan nuevas violaciones de
derechos humanos o incurran en delitos comunes.
Organizaciones como la Coordinadora Nacional de
derechos humanos y la Asociación Pro
derechos humanos (Aprodeh), entre otras, pidieron también la derogatoria del decreto 1095 que regula el uso de la fuerza por parte de los
militares ante las acciones de un “grupo hostil” en una zona de emergencia y establece que los eventuales excesos sean juzgados en el fuero militar.
El representante del Instituto de Defensa Legal (IDL), Javier La Rosa, criticó que el decreto no toma en consideración que “en muchas de las protestas la población indígena usa “simbólicamente arcos y flechas”.
Este experto reflexionó sobre los alcances que el decreto pudo tener en un contexto como el ocurrido en la provincia de
Bagua, el 5 de junio de 2009, donde hubo 34 muertos. “Hubiese significado que la
Fuerzas Armadas podrían haber entrado a reprimir, con lo cual se hubiera dado la configuración de conflicto armado, algo totalmente inaceptable en una democracia”, acotó.
El representante del IDL dijo que esto crea “una suerte de impunidad” y alertó que las
Fuerzas Armadas han sido enviadas este fin de semana a la provincia de Espinar, en la región suroriental de
Cusco, en huelga en rechazo al proyecto Majes-Siguas. “En buena cuenta, este decreto se ha dado para reprimir protestas y conflictos socio-ambientales”, indicó.
Los otros decretosEl 1096 y el 1094 se refieren al fuero militar y policial. Mientras el 1096 sigue manteniendo como jueces a
militares en situación de actividad, el 1094 pone en vigencia un nuevo Código de Justicia Penal Militar Policial (CJPMP). La parte más grave de esta nueva normatividad es que se haya vuelto a incorporar y tipificar supuestos de delito de función que en 2006 fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional.
Además de esta reincorporación, se han agregado “nuevos delitos de función” que no son otra cosa que delitos comunes: devastación (artículo 81º), saqueo, apropiación, destrucción (artículo 82º) y otros (arts. 83º al 87º). Se llega incluso a establecer la muerte como un agravante de los “delitos de función” de devastación y de saqueo, apropiación y destrucción (artículo 33.17º).
El 1094 permite que los crímenes de guerra estén sujetos a prescripción, considera además que los delitos comunes deberán ser obligatoriamente vistos por el fuero militar y el fuero policial, con lo que la justicia ordinaria tendría que abstenerse en casos en que algún “uniformado” comenta alguna acción punible en contra de un civil.
Helio Ramos Redacción