Afirma que actual gobierno se hace de la “vista gorda” ante irregularidades comprobadas
PROINVERSIÓN Y FONAFE CONTRIBUYERON EN FRAUDULENTA PRIVATIZACIÓN DE ELECTRO SUR MEDIO
El congresista Fredy Serna Guzmán (UPP) presentó una denuncia constitucional contra exministros y funcionarios del gobierno de Alejandro Toledo, que estarían comprometidos en numerosas irregularidades detectadas durante el proceso de privatización de la empresa Electro Sur Medio, donde Proinversión y FONAFE no hicieron nada al respecto, incluso en el presente gobierno aprista.
En conferencia de prensa llevada a cabo en las instalaciones del Congreso de la República, el legislador iqueño se preguntó que cómo era posible que una empresa (argentina) privada se compre a sí misma utilizando el dinero destinado a mejorar el servicio de distribución de energía eléctrica y a la inversión en obras en los departamentos de Ica, Huancavelica y Ayacucho.
Dijo que el actual gobierno del presidente Alan García se hace de la “vista gorda” ante este fraudulento proceso de privatización de Electro Sur Medio, que va a culminar en junio del presente año. “Es lamentable que se permita numerosas addendas en las privatizaciones – incluidas la carretera Interoceánica y el Gas de Camisea - que solo benefician a las empresas privadas perjudicándose seriamente al Estado”, expresó.
Serna Guzmán reveló que ha presentado una denuncia constitucional ante la Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de la República, pese a que viene detectando presiones y lobbies para que no sea admitida su demanda o sea archivada en última instancia. “Hay irregularidades totalmente comprobadas en desmedro de un pésimo servicio eléctrico en el sur medio, donde muchas localidades rurales solo tienen luz por unas cuantas horas, lo que amerita la creación de una subcomisión investigadora que dilucide el caso”, sentenció.
“Los consejos directivos de Proinversión y el FONAFE no han desarrollado bien el proceso de privatizaciones en el país y el caso de Electro Sur Medio es un buen ejemplo de ello, por lo que pienso que contribuyeron adrede al fraude detectado que atenta contra el interés público”, señaló.
Lima, 7 de mayo de 2008.
DENUNCIA CONSTITUCIONAL FORMULADA POR EL CONGRESISTA FREDY SERNA GUZMÁN, CONTRA EX MINISTROS DE ESTADO, POR LA COMISIÓN DE DELITOS, EN EL PROCESO DE PRIVATIZACIÓN DE LA EMPRESA ELECTRO SUR MEDIO S.A.A. DE ICA
El Ing. Fredy Serna Guzmán, en su condición de Congresista de la República, representante del Departamento de Ica, en aplicación de lo establecido en el Art. 89 del Reglamento del Congreso de la República, con fecha 17.03.08 ha formulado una Denuncia Constitucional en contra de Ex Ministros de Estado a quienes les alcanza la prerrogativa del ante juicio señalada en el Art. 99 de la Constitución Política del Estado, por haber cometido acciones presuntamente ilícitas en la Privatización de la Empresa Electro Sur Medio S.A.A., con sede en la Provincia de Ica.
Ex Funcionarios Denunciados
1. SE HA DENUNCIADO A LOS EX MIEMBROS DEL DIRECTORIO DE FONAFE (AÑO 2003) SEÑORES JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN EX MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, BEATRIZ MERINO LUCERO EX PRESIDENTA DEL CONSEJO DE MINISTROS, EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ, EX MINISTRO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES Y HANS FLURY ROYLE EX MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS, POR LA COMISIÓN DE DELITOS DE ABUSO DE AUTORIDAD – OMISIÓN Y REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES PREVISTO EN EL ART. 377 DEL CÓDIGO PENAL.
Los cargos que se le atribuye a los denunciados se fundamentan en que en la suscripción de la Segunda Addenda al Contrato de Compra-Venta de Acciones de la Empresa Electro Sur Medio S.A.A., de fecha 26.12.02 se establecía que Hica Inversiones S.A. (Ganador de la buena Pro de la privatización de Electro Sur Medio S.A.) debía acreditar el pago de las obras de Rehabilitación de las instalaciones eléctricas afectadas por el Fenómeno del Niño por $ 2’564,150.00 mediante la capitalización de utilidades de Electro Sur Medio S.A.A., que a Hica Inversiones S.A. le correspondía.
A la fecha de suscripción de dicha Addenda se advirtió que había capitalizado la suma de $1´966.443.00 quedando por capitalizar $ 597,707.00, cuya capitalización debía acreditarse el 13.11.03 conforme lo señala el Literal b) del numeral 2.3 de la mencionada Addenda.
En el penúltimo párrafo del citado numeral se estableció que de no existir utilidades suficientes Hica Inversiones debía cumplir el compromiso con aportes dinerario, y de incumplirse con este aporte en los plazos establecidos se aplicaría una penalidad.
El ilícito penal se centra en que los denunciados como Funcionarios de FONAFE estaban en la obligación de hacer cumplir que Hica Inversiones efectuara el aporte adicional de $ 597,707 más los intereses, sin embargo omitieron realizar actos propios de su función para que Hica cumpliera con su obligación.
2. SE HA DENUNCIADO A LOS EX INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE PROINVERSIÓN (2003) SEÑORES JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN EX MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, JUAN REATEGUI ROSELLÓ EX MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN, HANS FLURY ROYLE EX MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS Y EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ EX MINISTRO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES POR LA COMISIÓN DE DELITO DE OMISIÓN, REHUSAMIENTO Y DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES, EN LA MODALIDAD DE OMISIÓN DE ACTOS FUNCIONALES PREVISTO EN EL ART. 377 DEL CÓDIGO PENAL.
Los cargos que se le atribuyen a los denunciados se fundamentan en que como consecuencia del Acuerdo del Consejo Directivo del PROINVERSIÓN de fecha 10.09.03, se suscribió la Cuarta Addenda al Contrato Compra-Venta de Acciones de Electro Sur Medio S.A.A., a través de la cual se hicieron modificaciones al Contrato como son:
a). Se dejó sin efecto el alcance de la Carta Fianza ascendente a $ 1´253,721.29 que antes de la suscripción de la citada Addenda garantizaba el cumplimiento de la parte de Inversión de Hica Inversiones S.A., para pasar a garantizar exclusivamente las obligaciones provenientes que esta tenía por el pago del saldo de la parte dineraria. Vale decir que se dejó sin efecto una garantía que cautelaba los intereses del Estado, para garantizar una obligación que Hica tenía a favor del Banco Interbank.
b). Se amplió el plazo para el cumplimiento del Quinto y último compromiso de Inversión hasta el 15.12.05.
c). Se dejó sin efecto la transparencia de acciones parciales de las acciones fideicometidas a favor de Hica Inversiones S.A. hasta el cumplimiento del último período de inversión.
Estas modificaciones fueron desfavorables para el Estado y los denunciados en su condición de Ex Ministros y Funcionarios lejos de proteger los intereses del Estado, para no permitir la suscripción de addendas que ponen el peligro los intereses del Estado, omitieron ejercer actos propios de su cargo.
En estos hechos denunciados la conducta del denunciado Jaime Quijandria Salmón, se agrava en razón de que dicho denunciado antes de la suscripción de la Cuarta Addenda del Contrato de Compra Venta de Acciones de Electro Sur Medio, fue Presidente del Directorio de Hica Inversiones S.A.A., además de haber suscrito el Contrato de Compra-Venta de Acciones de Electro Sur Medio S.A.A., por lo que sabía de la difícil situación por la que atravezaba Hica Inversiones, sin embargo lejos de informar a los demás miembros de PROINVERSIÓN sobre la difícil situación económica por la que atravezaba Hica Inversiones, acto que debió realizar en su condición de Ex Ministro (Funcionario Público), omitió dar cuenta de esa situación, permitiendo que se suscriba la citada Cuarta Addenda en condiciones desfavorables para el Estado Peruano.
Asimismo los ex integrantes del Consejo Directivo de Proinversión (2003) Juan Reategui Roselló Ex Ministro de la Producción, Hans Flury Royle Ex Ministro de Energía y Minas y Eduardo Iriarte Jiménez ex Ministro de Transporte y Comunicaciones que participaron en la Sesión del Consejo Directivo de Proinversión del 10.09.03., han sido denunciados por la comisión del delito de Negociación Incompatible o Aprovechamiento de cargo previsto en el Art. 397 del Código Penal, porque existen fundados indicios de que los incriminados se habrían interesado indirectamente en la suscripción de la Cuarta Addenda.
3. SE HA DENUNCIADO A LOS EX INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE PROINVERSIÓN (JUNIO 2005) SEÑORES CARLOS FERRERO COSTA EX PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS, DAVID LEMOR BEZDIN, PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD EX PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS, ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO EX MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Y MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS EX MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD -OMISIÓN- REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES PREVISTOS EN EL ART. 377° DEL CÓDIGO PENAL.
Los cargos que se le atribuyen a los denunciados se fundamentan en que en su condición de Ex Ministro Funcionario Público omitieron ejercer actos propios de su cargo, para evitar que se suscriba la Quinta addenda al Contrato Compra- Venta de acciones de la Empresa Electro Sur Medio S.A.A. en al forma que se suscribió, en el que se plasmó acuerdos que van en contra de lo que realmente era el objetivo de la privatización, lo cual fue perjudicial para el Estado.
Con la suscripción de la Quinta Addenda se permitió que los acuerdos del Contrato primigenio quedaran de lado y se plasmaron acuerdos perjudiciales para el Estado, conforme se detalla:
a) Se acordó que las obras del Quinto periodo que Hica estaba en la obligación de ejecutarla, se realice con recursos propios de la Empresa privatizada en una primera etapa, y en una segunda etapa el Estado Peruano por haber perdido un Laudo Arbitral.
b) Se acordó que como producto de la ejecución de estas obras se puede incrementar la relación deuda/ patrimonio mayor a uno, es decir que se facultaba para endeudar a la Empresa Electro Sur Medio (a la fecha de la Suscripción de esta Addenda 15-06-05 Electro Sur Medio ya se encontraba en un Proceso Concursal).
c) Con la suscripción de esta Addenda se permitió que las obras que desde un inicio “Hica ” debería realizar en al áreas rurales(según las bases, Contrato de Compra- Veta de las Acciones y Reglamento de Compromiso de Inversión), ahora podía ejecutarlas dentro del área de concesión.
Como se podrá apreciar los acuerdos arribados en esta Addenda fueron perjudiciales para el Estado, y los Ex Ministros denunciados omitieron ejercer actos propios de su cargo para cautelar los intereses del Estado.
Se debe tener presente que esta Quinta Addenda fue suscrita, por Electro Sur Medio: Consultoría A SAC como administrador Judicial nombrado por autoridad competente a solicitud del Banco Interbank; por el Banco Interbank (el Señor Ismael Benavides Ferreyros) y por Hica Inversiones S.A., Azucena de Guadalupe Perez Tello, nuevo representante legal nombrado por el Banco Interbank; de lo expuesto se aprecia que se ha favorecido a Interbank, este hecho acarreó que Electro Sur Medio (Empresa privatizada) recaiga en un proceso concursal, en desmedro de la calidad del servicio Eléctrico y la ampliación de frontera eléctrica, en perjuicio de la ciudadanía Iqueña que no recibe un servicio optimo sin embargo paga tarifas altas.
SE HA DENUNCIADO LOS EX MINISTROS DE ESTADO (FUNCIONARIOS PÚBLICOS) QUE INTEGRAN EL CONSEJO DIRECTIVO DE PROINVERSIÓN (JUNIO 2005) CARLOS FERRERO COSTA, DANIEL LEMOR BEZDIN, CLODOMINO SÁNCHEZ MEJÍA, PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD, ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO Y MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS, POR EL DELITO DE COLUSIÓN DESLEAL, ILÍCITO PENAL SANCIONADO EN EL ART. 384° DEL CÓDIGO PENAL.
Los cargos atribuidos a los Ex Ministros por la Comisión del Delito de Colusión Desleal, se sustenta en que dichos Ex Funcionarios integrantes del Consejo Directivo de Proinversión (Junio 2005), en función al cargo que desempeñaban en dicha entidad, eran los encargados de disponer la celebración de addendas al Contrato de Compra- Venta de las Acciones de la Empresa Electro Sur Medio S.A.; y como funcionarios del Estado estaban obligados a cautelar los intereses del Estado, en función a ello debieron buscar que los puntos a suscribirse en la addenda fuera equitativa para las partes, sin embargo no lo hicieron, y aprobaron que la Quinta Addenda se suscriba en las condiciones ya descritas en perjuicio del Estado, esta conducta de los Funcionarios denunciados, demuestra que existen indicios que se coludieron con los Funcionarios de la Empresa favorecida, defraudando al Estado.
SE HA DENUNCIADO A LOS EX MINISTROS CARLOS FERRERO COSTA, DANIEL LEMOR BEZDIN, CLODOMINO SÁNCHEZ MEJÍA, PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD, ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO Y MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS EX MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE PROINVERSIÓN (JUNIO 2005) POR EL DELITO DE NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE O APROVECHAMIENTO DEL CARGO, PREVISTO EN EL ARTICULO 397° DEL CÓDIGO PENAL.
Los cargos que se le formulan a los Ex Ministros tienen sustento en el hecho que ellos participaron en la sesión de fecha 14-06-05 del Consejo Directivo de Proinversión donde se acordó suscribir la Quinta Addenda al Contrato de Compra- Venta de las Acciones de la Empresa Electro Sur Medio S.A., en la forma que se ha descrito en los puntos anteriores, lo cual es perjudicial para el Estado, esta conducta observada por los denunciados deja entrever que en una forma indirecta se interesaron para que se suscriba la Quinta Addenda, con acuerdos que benefician a terceros, con un gran perjuicio para el Estado y la Ciudadanía Iqueña.
4. SE HA FORMULADO DENUNCIA CONTRA LOS EX MINISTROS (FUNCIONARIOS) EX PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS CARLOS FERRERO COSTA (2004-2005) Y PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD (2005-2006) POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD-OMISIÓN Y REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES, PREVISTO EN EL ART. 377 DEL CÓDIGO PENAL.
Los hechos denunciados se sustentan en que el Portafolio de los citados ex Ministros se encuentra adscrito a INDECOPI, y como tal les correspondía en función al cargo que ostentaban, ejercer los actos propios de su función para que se cumpliera a cabalidad el proceso concursal a que se encontraba sujeto la Empresa Electro Sur Medio S.A.A. (Ica) en cumplimiento de la Ley 27809 “Ley General del Sistema Concursal”.
Esta Ley en su Art. 17 señalaba que a partir de la fecha de su publicación se suspendía la exigibilidad de toda obligación que el deudor tuviera pendiente de pago, suspensión que duraría hasta que la junta de Acreedores aprobará el Plan de Reestructuración.
Sin embargo la Administración Judicial de Electro Sur Medio a cargo de Consultoría A SAC pagó a las generadoras de electricidad, después de haber iniciado el proceso concursal, es decir a partir del 28.05.05(Fecha de publicación del inicio del Proceso Concursal de la Empresa Electro Sur Medio) hasta el 25.11.05 (Fecha de Junta de Acreedores donde se aprueba el plan de reestructuración) la suma de $ 18’752,715.92, y la deuda reconocida a Interbank fue $19’730,123.87.
Este accionar dio lugar a que los Generadoras de Electricidad al cobrar dichas sumas de dinero bajara su porcentaje de sus deudas, permitiendo que Interbank asuma el control de la Junta de Acreedores y nombre a su Empresa Restructuradora A, como representante.
Los Funcionarios denunciados, al estar adscrito su portafolio a INDECOPI, frente a estos hechos no realizaron ninguna acción, incurriendo en el delito de Omisión de Actos Funcionales. (Art. 377 del Código Penal).
Los Funcionarios denunciados en sus condición de Presidentes del Consejo de Ministros, entidad adscrita a INDECOPI, por el cargo que ostentaban tenían la obligación de cautelar que el Proceso Concursal a que se encontraba sometida la Empresa Electro Sur Medio de Ica se realizara conforme a Ley, sin embargo omitieron realizar actos propios de su función para evitar las irregularidades anotadas, incurriendo en el delito de Deberes Funcionales (Art. 377 C.P.).
SE HA DENUNCIADO A LOS EX PRESIDENTES DEL CONSEJO DE MINISTROS CARLOS FERRERO COSTA (2004-2005) Y PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD (2005-2006), POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE O APROVECHAMIENTO DEL CARGO, ILÍCITO PENAL PREVISTO EN EL ART. 397 DEL CÓDIGO PENAL.
Como se ha expresado líneas arriba el portafolio del Consejo de Ministros esta adscrito a INDECOPI de tal manera que estos Funcionarios por el cargo que ostentaban, tenían que velar porque los contratos u cualquier otra operación a su cargo, se realice en la más absoluta transparencia, sin embargo por la forma como estos Funcionarios permitieron que se realice el proceso concursal en la Empresa Electro Sur Medio S.A.A. (Ica), consintiendo que se haga pagos a las generadoras de energía, a pesar de que por Ley estaba prohibido, con lo cual se favoreció a una entidad bancaria; hace presumir que dichos Funcionarios se interesaron indirectamente en el desarrollo del proceso concursal parra favorecer a la citada entidad bancaria, incurriendo de esta forma en al Comisión del delito de Negociación Incompatible o Aprovechamiento del cargo.